<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100730-85</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLMENAR VIEJO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación crédito</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>181</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-07-30290720100156</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/30/BOCM-20100730-85.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/30/BOCM-20100730-85.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/30/BOCM-20100730-85.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 85 
 Modificación crédito 
  Se hace constar, para el general conocimiento, que el Pleno municipal, en su sesión celebrada el 29 de julio de 2010, acordó la aprobación provisional de los siguientes expedientes de modificación de crédito que afectan al vigente presupuesto:
  .	Crédito extraordinario y suplementos de crédito, por un importe de 108.000 euros.
  .	Transferencias, por importe de 327.261,08 euros.
  Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las reglas que se indican a continuación:
  a)	Plazo de información pública y audiencia, así como de presentación de reclamaciones: quince días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio.
  b)	Oficina de presentación: Ayuntamiento.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno municipal.
  Esta aprobación se elevará automáticamente a definitiva si durante el plazo de información pública no se presentasen reclamaciones.
  Colmenar Viejo, a 29 de julio de 2010..El alcalde, José María de Federico Corral.
  (03/31.088/10)</texto>
</documento>