<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100729-182</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 28. Demanda 1.380 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>180</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-07-29220720100139</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/29/BOCM-20100729-182.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/29/BOCM-20100729-182.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/29/BOCM-20100729-182.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 182 
 Demanda 1.380 de 2009 
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.380 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gabriela Voichita Borza, contra don Jacinto Domínguez Murillo, doña María Cristina Marín López, “Hostelería y Restauración Orgaz, Sociedad Limitada”, y “Restaurante La Zaranda, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 17 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 160 de 2010
  En Madrid, a 17 de junio de 2010..La ilustrísima señora doña Emilia Ruiz-Jarabo Quemada, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, habiendo visto los autos reseñados, seguidos en reclamación por despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Gabriela Voichita Borza, que comparece por sí y asistida de la letrada doña Carmen Hidalgo Nuniozguren, y de otra, como demandados, don Jacinto Domínguez Murillo, doña María Cristina Marín López, “Hostelería y Restauración Orgaz, Sociedad Limitada”, y “Restaurante La Zaranda, Sociedad Limitada”, que no comparecen pese a constar citados en legal forma, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando en parte la demanda formulada por doña Gabriela Voichita Borza, contra la empresa “Hostelería y Restauración Orgaz, Sociedad Limitada” (“Restaurante Zaranda”), debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora y, ante la imposibilidad de readmitir a la actora, se declara extinguida la relación laboral que vincula a las partes, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora en concepto de indemnización por la extinción efectuada de su contrato la cantidad de 6.300 euros sin salarios de tramitación por estar trabajando y absolviendo a los codemandados don Jacinto Domínguez Murillo y doña María Cristina Marín López de las pretensiones frente a los mismos deducidos en demanda.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Jacinto Domínguez Murillo, doña María Cristina Marín López, “Hostelería y Restauración Orgaz, Sociedad Limitada”, y “Restaurante La Zaranda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de junio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/28.188/10)</texto>
</documento>