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    <fecha_publicacion>2010/07/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Ejecutoria 55 de 2009-J</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>180</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 108 
 Ejecutoria 55 de 2009-J 
  Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de los de Madrid.
  Hace saber: Por haberse acordado en resolución de esta fecha dictada por el señor magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, en ejecutoria número 55 de 2009-J, seguida ante este órgano judicial por una falta de hurto, se hace público por medio del presente edicto el contenido de la parte dispositiva de la resolución de fecha 15 de junio de 2010 recaída en las presentes actuaciones, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se decreta el embargo de bienes propiedad del encausado en cuantía suficiente para asegurar las responsabilidades civiles dimanantes de las presentes actuaciones; debiendo liberarse a tal efecto oficio a la entidad bancaria correspondiente a fin de que proceda a la retención del saldo que mantenga en la referida cuenta y, asimismo, recabar información sobre el saldo que mantiene en el resto de las cuentas conforme a la información recibida.
  Asimismo, líbrese oficio al registrador de la Propiedad a fin de que proceda a la anotación de embargo del vehículo antes mencionado.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal.
  Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo de notificación de don Miguel Gordillo García, cuyo domicilio se desconoce, se expide el presente en Madrid, a 15 de junio de 2010..El secretario (firmado).
  (03/28.094/10)</texto>
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