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    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 200 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 86 
 Ejecución 200 de 2010 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 200 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Pagamento Jaques Rouselle, contra la empresa “Limpiezas Cota Martínez, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente, y diligencia de ordenación, ambas resoluciones de fecha 19 de julio de 2010:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante, doña Ana María Pagamento Jaques Rouselle, frente a “Limpiezas Cota Martínez, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.
  Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Elena Bornaechea Morlans.
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Eva San Pablo Moreno..En Madrid, a 19 de julio de 2010.
  El anterior escrito presentado por la demandante únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, a sentencia de fecha 15 de junio de 2010, a la empresa “Limpiezas Cota Martínez, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Ana María Pagamento Jaques Rouselle, y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, segunda planta, el día 4 de agosto de 2010, a las nueve y cinco horas de su mañana, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición; en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Notifíquese a las partes esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 0030 1143 30 2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas Cota Martínez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.302/10)</texto>
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