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    <identificador>BOCM-20100727-97</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/07/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Resolución de 14 de junio de 2010, de la Directora General, por la que se acuerda publicar la Resolución por la que se dispone revocar parcialmente la subvención concedida para la realización de acciones formativas del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
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  CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN 
 SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO
 
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 Resolución de 14 de junio de 2010, de la Directora General, por la que se acuerda publicar la Resolución por la que se dispone revocar parcialmente la subvención concedida para la realización de acciones formativas del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional. 
  Intentada por dos veces la notificación en el domicilio del destinatario, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, de la Resolución por la que se dispone el rein­tegro de la subvención percibida por la entidad “Digitec Formación y Servicios Integrales, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, con NIF B-83446328, en el centro de formación y en la acción formativa que se relaciona, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.
  Centro: Calle Cádiz, número 28, L-4, 28320 Pinto (Madrid).
  Censo: 26.947.
  Acción formativa: 688/07.
  Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.
  De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de las citadas Resoluciones pudieran derivarse para los derechos legítimos de los interesados, se significa que el texto íntegro de los actos que se notifican se encuentran a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en las dependencias del Área de Formación e Inserción Profesional del Servicio Regional de Empleo, sito en Vía Lusitana, número 21, cuarta planta, en horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.
  Las Resoluciones objeto de la presente notificación ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su comparecencia o, en su caso, una vez finalizado el plazo señalado sin que se haya producido la misma, a tenor de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
  Madrid, a 14 de junio de 2010..La Directora General del Servicio Regional de Empleo, María Eugenia Martín Mendizábal.
  (03/26.904/10)</texto>
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