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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 48. Procedimiento ordinario 2.067 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>178</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48 
 EDICTO
 
 221 
 Procedimiento ordinario 2.067 de 2008 
  Don Arsenio Castillo Gallego, secretario del Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid.
  Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio ordinario número 2.067 de 2008, a instancias de doña María Concepción Ballesteros Riosalido, contra “Anyper Integral 3000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, y en los que se ha dictado la siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 9 de octubre de 2009..Doña María Belén López Castrillo, ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid, habiendo visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario número 2.067 de 2008, seguidos a instancias de doña María Concepción Ballesteros Riosalido, representada por la procuradora de los Tribunales doña Nuria Lasa Gómez, contra “Anyper Integral 3000, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad,
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por doña María Concepción Ballesteros Riosalido, representada por su procuradora, doña Nuria Lasa Gómez, contra “Anyper Integral 3000, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de obras suscrito entre ambas partes, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha resolución y a que abone la suma de 3.975,48 euros, intereses legales que dicha suma desde la interpelación judicial hasta su pago y abono de costas.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de impugnar (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma a la demandada y para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, libro el presente en Madrid, a 15 de junio de 2010..El secretario (firmado).
  (03/27.591/10)</texto>
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