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    <fecha_publicacion>2010/07/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcobendas. Urbanismo. Estudio de Detalle de la manzana formada por las parcelas UP-47A y UP-47B del sector Fuente Lucha</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>178</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 URBANISMO
 
 155 
 Estudio de Detalle de la manzana formada por las parcelas UP-47A y UP-47B del sector Fuente Lucha 
  El Ayuntamiento Pleno en su sesión ordinaria celebrada el 27 de abril de 2010, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
  La Junta de Gobierno Local, en su sesión de fecha 9 de febrero de 2010, adoptó entre otros acuerdos el relativo a la aprobación inicial del Estudio de Detalle de la manzana formada por las parcelas UP-47A y UP-47B del sector Fuente Lucha, presentado por el “Grupo Inmobiliario Delta, Sociedad Anónima”; Estudio de Detalle cuyo objeto consistía en el establecimiento de un nuevo fondo edificable para las construcciones que se adosen en el lindero común de las dos parcelas citadas, pasando de los 15 metros actuales, a los 19 que contempla el citado estudio.
  Sometido el expediente citado a información pública por plazo de veinte días, no se formuló alegación alguna ante la Corporación, por lo que procede continuar con su tramitación por el cauce legalmente previsto. Por ello, en los términos del artículo 62.2 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, este órgano plenario.
  Acuerda:
  1.	Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle presentado por la mercantil “Grupo Inmobiliario Delta, Sociedad Anónima”, sobre las parcelas UP-47A y UP-47B del sector Fuente Lucha, cuyo objeto queda referido en la motivación anterior y se ajusta al contenido asignado a tal figura de planeamiento.
  2.	Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y por los medios telemáticos a que se refiere el artículo 70 de la Ley de Bases citada, con notificación a la empresa proponente de este Estudio de Detalle.
  Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local, significando que, contra ese acuerdo, podrá acudirse directamente ante la jurisdicción contenicoso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante la Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de ese acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Alcobendas, a 24 de mayo de 2010..El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.
  (02/7.372/10)</texto>
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