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    <departamento>POZUELO DE ALARCÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Disolución de la Junta de Compensación del APR 3.4-09, Costanilla del Olivar</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>177</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN 
 URBANISMO
 
 116 
 Disolución de la Junta de Compensación del APR 3.4-09, Costanilla del Olivar 
  Se pone en general conocimiento que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 9 de junio de 2010, se ha acordado la aprobación inicial de la disolución de la Junta de Compensación del APR 3.4-09, “Costanilla del Olivar”, del Plan General de Ordenación Urbana, La parte dispositiva de dicho acuerdo tiene el siguiente tenor literal:
  «Primero..Aprobar inicialmente la disolución de la Junta de Compensación APR 3.4-09, “Costanilla del Olivar”, al tratarse de la gestión de ejecución del planeamiento que se va a desarrollar por propietario único, y quedar exceptuado de la obligación de constituirse en Junta de Compensación el supuesto de que todos los terrenos pertenezcan a un solo propietario, de acuerdo con el artículo 137.3 del Reglamento de Gestión Urbanística.
  Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública por término de treinta días, contados a partir de la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión en ella, durante los cuales podrán formularse alegaciones por cuantos se pudieran considerar interesados.
  Tercero..Advertir a la sociedad “Torrecerredo Promociones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal B-82812470, que una vez adoptado el acuerdo definitivo de disolución de la Junta de Compensación será dicha sociedad la que asuma la actividad de ejecución urbanística en los términos y condiciones en que se hayan aprobado los distintos instrumentos de planeamiento y la directa responsabilidad de la realización de las obras de urbanización y, en su caso, de edificación.»
  Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos.
  Pozuelo de Alarcón, a 7 de julio de 2010..El teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Presidencia, Medio Ambiente, Obras, Servicios, Movilidad, Transportes y Patrimonio (decreto de 15 de enero de 2010), Mariano Pérez-Hickman Silván.
  (02/7.350/10)</texto>
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