<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100723-122</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 47. Juicio verbal 2004 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>175</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/bocm-20100723-122</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/23/BOCM-20100723-122.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/23/BOCM-20100723-122.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/23/BOCM-20100723-122.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47
EDICTO
122Juicio verbal 2004 de 2008
En el procedimiento de juicio verbal número 2004 de 2008 se ha dictado sentencia de fecha 28 de mayo de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Ana Llorens Pardo, en representación de la mercantil “BBVA Asset Management, Sociedad Anónima”, y “Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva”, debo declarar y declaro resuelto de pleno derecho por impago de renta el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 10 de octubre de 2007 respecto de la vivienda sita en la calle Doctor Fleming, número 43, piso segundo C, de Madrid, condenando a don Matías Cabezas Veleta, don Pedro Barrionuevo Hidalgo, don Miguel Cabezas Veleta y don Santiago Antón Sancho a que desalojen la citada vivienda dejándola libre, vacua y expedita, a disposición de la propiedad, con apercibimiento de proceder a su lanzamiento judicial en caso de no verificar el desalojo voluntario; y debo condenar y condeno a don Matías Santiago Antón Suances, don Pedro Barrionuevo Hidalgo, don Miguel Cabezas Veleta y don Santiago Antón Sancho al pago solidario de la suma de 8.164,47 euros, junto con los intereses legales devengados desde la fecha del impago de los respectivos vencimientos, así como al abono igualmente solidario de las rentas y cantidades asimiladas que se devenguen entre la fecha de esta resolución y el momento del desalojo efectivo de la vivienda, y al pago de las costas procesales.
Y en atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, y por resolución de esta fecha y de conformidad con lo establecido en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para llevar a efecto la diligencia de notificación al demandado, don Miguel Cabezas Veleta.
En Madrid, a 9 de junio de 2010..El secretario judicial (firmado).
(02/6.887/10)</texto>
</documento>