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    <fecha_publicacion>2010/07/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Rivas-Vaciamadrid. Organización y funcionamiento. Modificación de la ordenanza de tráfico y circulación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
101Modificación de la ordenanza de tráfico y circulación
Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2010, la modificación de la ordenanza municipal de tráfico y circulación, y expuesto al público por el plazo legalmente establecido sin que se hayan presentado reclamaciones ni alegaciones, por decreto 2254/2010, de esta Alcaldía, de fechas 12 de julio de 2010, ha quedado definitivamente aprobado, publicándose el texto íntegro:
“Aprobar definitivamente la modificación de las cuantías del Anexo I de la ordenanza municipal de tráfico y circulación en el siguiente sentido:
.	Todas las infracciones calificadas en la ordenanza de tráfico y circulación como leves, serán sancionadas con multa de hasta 100 euros.
.	Todas las infracciones calificadas en la ordenanza de tráfico y circulación como gravés, serán sancionadas con multa de hasta 200 euros.
.	Todas las infracciones calificadas en la ordenanza de tráfico y circulación como muy graves, serán sancionadas con multa de hasta 500 euros.”
Contra el acto de aprobación definitiva, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Rivas-Vaciamadrid, a 12 de julio de 2010..El alcalde-presidente, José Masa Díaz.
(03/28.652/10)</texto>
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