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    <titulo>Madrid número 24. Demanda 382 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 239 
 Demanda 382 de 2009 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 382 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego Reimóndez Prieto, contra la empresa “Madrid Ciudad Bella, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 6 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 380 de 2009
  En Madrid, a 6 de octubre de 2009..Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 382 de 2009, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandante, don Diego Reimóndez Prieto, asistido por el letrado don Francisco Javier Rodríguez Sánchez; como demandada, “Madrid Ciudad Bella, Sociedad Limitada”, que citada en forma no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Diego Reimóndez Prieto, contra “Madrid Ciudad Bella, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro el derecho del demandante a percibir la cantidad de 1.140 euros por los conceptos que se dice en el hecho probado segundo de esta sentencia, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar al demandante los citados importes, así como en concepto de intereses que corresponda de acuerdo con lo dicho en el fundamento de derecho segundo.
  Hágase saber al notificarla que la presente resolución es firme y contra la misma no cabe recurso ordinario alguno.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Madrid Ciudad Bella, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.604/10)</texto>
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