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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 1.596 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 219 
 Demanda 1.596 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.596 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gaelle Marie Genevieve Coatanroch, contra la empresa “Basicarne, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración de sentencia de fecha 21 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 21 de junio de 2010.
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que el fallo debe decir.
  «Que desestimando la demanda interpuesta por doña Gaelle Marie Genevieve Coatanroch, frente a “Basicarne, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a la mercantil demandada y al Fondo de Garantía Salarial de todos los pedimentos de la misma.»
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Isabel Sánchez Peña.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Basicarne, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.629/10)</texto>
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