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    <fecha_publicacion>2010/07/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Juicio de faltas 1.613 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 
 133 
 Juicio de faltas 1.613 de 2008 
  Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.613 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 419 de 2008
  En Madrid, a 28 de noviembre de 2008..El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 1.613 de 2008, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciantes, policías nacionales números 102.834 y 105.409; como denunciados, don Sorín Marián Dinisoara, don Catalín Armand Dinisoara y don Nicolae Iordache, que no comparecen pese a estar citados en forma, y como perjudicado, establecimiento comercial “O’Neill”, constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados.
  Recayendo la presente resolución con base en lo siguiente:
  Debo condenar y condeno a don Sorín Marián Dinisoara, don Catalín Armand Dinisoara y don Nicolae Iordache, como autores criminalmente responsables de una falta de hurto ya definida, a la pena de multa de treinta días, a una cuota diaria de 6 euros, lo que totaliza la cantidad de 180 euros, a cada uno de ellos, con la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo, les condeno al pago de las costas procesales, si las hubiere, por terceras partes.
  Hágase entrega definitiva a la perjudicada del efecto sustraído y recuperado.
  Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Sorín Dinisoara, don Catalín Armand Dinisoara y don Nicolae Iordache, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 21 de junio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/26.651/10)</texto>
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