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    <fecha_publicacion>2010/07/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales del Este de Madrid. Régimen económico. Aprobación presupuesto general definitivo 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>169</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DEL ESTE DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DEL ESTE DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 96 
 Aprobación presupuesto general definitivo 2010 
  De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 127 del texto refundido del Régimen Local de 18 de abril de 1986, y habida cuenta de que la Junta de la Mancomunidad, en sesión celebrada el 9 de febrero de 2010, adoptó acuerdo de apropiación inicial del presupuesto general de esta entidad para 2010, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace constar los siguientes:
  I.  RESUMEN DEL REFERENCIADO PRESUPUESTO PARA 2010
   							Ver en documento PDF 						 
  II.  PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA ENTIDAD, APROBADAS JUNTO CON EL PRESUPUESTO GENERAL PARA 2010
  A)	Plazas funcionarios:
  Con habilitación nacional:
  .	Secretario-interventor: una plaza.
  B)	Personal laboral fijo:
  .	Director: una plaza.
  .	Coordinadora: una plaza.
  .	Trabajadoras sociales: cuatro plazas.
  .	Educadores: dos plazas.
  .	Administrativa: una plaza.
  .	Auxiliar administrativo: tres plazas.
  .	Personal de limpieza: una plaza.
  C)	Personal laboral eventual:
  .	AEDL: dos plazas.
  .	Conductor: una plaza.
  D)	Personal de programas:
  .	Terapeutas familiares: dos plazas.
  .	Coordinador juventud: una plaza.
  .	Técnico juventud: una plaza.
  .	Animador sociocultural: una plaza.
  .	Psicóloga (Programa Igualdad): una plaza.
  .	Técnicos: dos plazas.
  .	Administrativa (Opea): una plaza.
  .	Dinamizadora mayores: una plaza.
  .	Dinamizadora infantil: una plaza.
  .	Trabajador social: una plaza.
  .	Dinamizadora mayores: una plaza.
  .	Educador: una plaza.
  .	Dinamizadora mujeres: una plaza.
  .	Dinamizador juvenil: una plaza.
  .	Conductor: una plaza.
  .	Archivista: una plaza.
  .	Auxiliares de ayuda a domicilio: dos plazas.
  Según lo dispuesto en el artículo 152.1 de la citada Ley 39/1988, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Campo Real, a 15 de junio de 2010..La presidenta (firmado).
  (03/25.764/10)</texto>
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