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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <titulo>– Villamantilla. Régimen económico. Padrón impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>169</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamantilla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTILLA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 93 
 Padrón impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 
  Habiendo sido aprobada por decreto de Alcaldía, de fecha 14 de junio de 2010, el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al año 2010, se expone al público por un período de veinte días a fin de que los interesados puedan examinarlo e interponer las reclamaciones que estimen oportunas.
  Asimismo, se comunica que de conformidad con el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, Reglamento General de Recaudación, el período de cobro en voluntaria tendrá lugar de 6 de agosto de 2010 a 7 de octubre de 2010, ambos inclusive. Transcurrido el plazo señalado como período de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
  Contra la exposición del padrón y las liquidaciones contenidas en el mismo los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del período de exposición al público del padrón.
  En Villamantilla, a 14 de junio de 2010..El alcalde, Juan Antonio de la Morena Doca.
  (02/6.656/10)</texto>
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