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    <fecha_publicacion>2010/07/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Somosierra. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>169</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Somosierra</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SOMOSIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 83 
 Modificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras 
  Don Francisco Sanz Gutiérrez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Somosierra (Madrid).
  Hace saber:
  Primero..En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 2010, se acordó con carácter provisional:
  La modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
  Segundo..De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el presente acuerdo provisional, se expondrá al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Tercero..De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, el acuerdo de ordenación, imposición, modificación y supresión provisional se considerará definitivamente aprobado si en el plazo de exposición pública no se hubiesen presentado reclamaciones contra el mismo.
  En Somosierra, a 29 de junio de 2010..El alcalde, Francisco Sanz Gutiérrez.
  (03/27.366/10)</texto>
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