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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 1.720 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>169</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 125 
 Demanda 1.720 de 2009 
  Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.720 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álex Arbey Gómez Orejuela, contra la empresa “Amazonas Proyectos Múltiples, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 351 de 2010
  En Madrid, a 7 de junio de 2010..Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 1.720 de 2009, a instancias de don Álex Arbey Gómez Orejuela, asistido del letrado don José Ramón Anuncibay Cejudo, frente a la entidad “Amazonas Proyectos Múltiples, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente
  Fallo
  Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Álex Arbey Gómez Orejuela, contra la entidad “Amazonas Proyectos Múltiples, Sociedad Limitada”, y con la citación de Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.200,20 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación, siendo firme desde la fecha en la que se dicta.
  Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Amazonas Proyectos Múltiples, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.236/10)</texto>
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