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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 493 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>168</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 172 
 Demanda 493 de 2010 
  Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 493 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Celia Játiva Villoldo, contra la empresa “CLC Compañía de Limpiezas y Conservación, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 232 de 2010
  En Madrid, a 2 de junio de 2010..Doña Ana Fernández Valentí, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Celia Játiva Villoldo, y de otra, como demandada, “CLC Compañía de Limpiezas y Conservación, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por doña Celia Játiva Villoldo, frente a “CLC Compañía de Limpiezas y Conservación, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto el 28 de febrero de 2010, y habiendo desaparecido la empresa, declaro en esta fecha extinguida la relación laboral que unía a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a abonar a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 37.059,98 euros y por los salarios de tramitación del período 28 de febrero de 2010 a 1 de junio de 2010, la cantidad de 4.836,93 euros (noventa y tres días por 52,01 euros/día).
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, seguidos del número de autos, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, agencia de la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, seguidos del número de autos, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CLC Compañía de Limpiezas y Conservación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 2 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.998/10)</texto>
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