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    <departamento>VALDEPIÃ‰LAGOS</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Valdepiélagos. Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora tarjeta de estacionamiento vehículos para personas con movilidad reducida</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>168</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdepiélagos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDEPIÉLAGOS 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 116 
 Ordenanza reguladora tarjeta de estacionamiento vehículos para personas con movilidad reducida 
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se inserta a continuación el texto íntegro de la ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, aprobada inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de abril de 2010; no habiéndose presentado reclamaciones contra la misma en el plazo hábil establecido en el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 99, de fecha 27 de abril de 2010, y entendiéndose, por tanto, definitivamente aprobada.
  La ordenanza publicada entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
   							Ver en documento PDF 						 
  Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.
  Valdepiélagos, a 25 de junio de 2010..El alcalde-presidente, Manuel A. Cámara Escamilla.
  (03/27.304/10)</texto>
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