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    <fecha_publicacion>2010/07/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villamanta. Régimen económico. Acuerdos provisionales ordenanza fiscal reguladora de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamanta</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 100 
 Acuerdos provisionales ordenanza fiscal reguladora de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública 
  En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hallan expuestos al público los acuerdos provisionales de establecimiento y nueva ordenación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública, que fueron adoptados por la Corporación en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2010.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, tanto contra el acuerdo de establecimiento del tributo citado, como contra el de aprobación de la nueva ordenación de su ordenanza reguladora, con sujeción a las reglas que se indican a continuación:
  1.  Plazo de exposición público y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  2.  Oficina de presentación: Ayuntamiento.
  3.  Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
  En Villamanta, a 22 de junio de 2010..El primer teniente de alcalde (actuando en sustitución del alcalde en virtud del decreto de Alcaldía 326/2010, de 14 de junio), Guillermo Gascón Campos.
  (03/26.576/10)</texto>
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