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    <fecha_publicacion>2010/07/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Bilbao número 6. Autos 1.096 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>163</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 268 
 Autos 1.096 de 2009 
  Doña Helena Barandiarán García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Bilbao (Bizkaia).
  Hago saber: Que en autos número 1.096 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don José Manuel Motos Jiménez, contra Fondo de Garantía Salarial y “Larisa Oyle, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don José Manuel Motos Jiménez, frente a “Larisa Oyle, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en materia de cantidad, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que abone al actor la cantidad de 403,63 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  El Fondo de Garantía Salarial será responsable subsidiario en su momento, siempre dentro de los límites legales.
  Contra la presente sentencia no cabe recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Larisa Oyle, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Bilbao (Bizkaia), a 8 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.447/10)</texto>
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