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    <fecha_publicacion>2010/07/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Demanda 180 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 253 
 Demanda 180 de 2010 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 180 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lucio Jiménez Padilla, contra la empresa “Gal Ve Logística y Transportes, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 258 de 2010
  En Madrid, a 1 de junio de 2010..Vistos por mí, doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción, en materia de reclamación por despido, entre las siguientes partes: como demandante, don Lucio Jiménez Padilla, representado y asistido de la letrada doña Manuela Montejo Bombín, y como demandada, la empresa “Gal Ve Logística y Transportes, Sociedad Limitada”.
  Fallo
  Estimando la demanda presentada por don Lucio Jiménez Padilla, frente a la empresa “Gal Ve Logística y Transportes, Sociedad Limitada”, declaro nulo el despido de fecha 1 de diciembre de 2009 y resuelto el contrato de trabajo que unía a las partes con efectos de la fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada “Metrópoli Proyectos Urbanísticos, Sociedad Limitada”, a que, no siendo posible la readmisión por encontrarse cerrada y sin actividad, abone al actor la cantidad de 11.825,44 euros en concepto de indemnización y 7.693,32 euros por salarios de tramitación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación en la forma y plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gal Ve Logística y Transportes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  En Madrid, a 7 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.557/10)</texto>
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