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    <titulo>Madrid número 66. Modificación medidas supuesto contencioso 584 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66 
 EDICTO
 
 147 
 Modificación medidas supuesto contencioso 584 de 2009 
  En el presente procedimiento de modificación de medidas, seguido a instancias de doña María Consuelo Martínez Zapata, frente a don Robert Newton Goodnight III, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Sentencia
  Magistrada-juez de primera instancia, doña Virginia Villanueva Cabrer..En Madrid, a 20 de mayo de 2010.
  Han sido vistos por la ilustrísima señora doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez de primera instancia del número 66 de los de Madrid, los presentes autos de modificación de medidas número 584 de 2009, promovidos a instancias de doña María Consuelo Martínez Zapata, representada por la procuradora doña Rosa María Arroyo Robles y defendida por el letrado don Carlos Fernández Carretero, contra don Robert Newton Goodnight III, rebelde en las actuaciones, en las que ha sido parte el ministerio fiscal, recayendo en ellos la presente resolución en base al siguiente
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña María Consuelo Martínez Zapata, contra don Robert Newton Goodnight III, rebelde en las actuaciones, debo modificar y modifico la sentencia de divorcio de fecha 22 de septiembre de 2008, en autos de divorcio número 1.089 de 2006, acordando las siguientes medidas:
  1.  Se atribuye a doña María Consuelo Martínez Zapata la guarda y custodia exclusiva y el ejercicio exclusivo de la patria potestad de su hijo, Nicholas Goodnight Martínez.
  2.  Se suspende el régimen de visitas padre e hijo fijado en la sentencia.
  Sin expresa condena en costas a las partes.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Remítase testimonio de la presente resolución a los autos de divorcio número 1.089 de 2006 a los efectos pertinentes.
  Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, pudiendo prepararse la apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
  Y encontrándose dicho demandado don Robert Newton Goodnight III en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
  Madrid, a 20 de mayo de 2010..El secretario (firmado).
  (02/6.446/10)</texto>
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