<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100709-136</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLAVICIOSA DE ODÓN</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Licencias. Emplazamiento para notificación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>163</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-07-09050720100034</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/09/BOCM-20100709-136.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/09/BOCM-20100709-136.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/09/BOCM-20100709-136.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 
 LICENCIAS
 
 136 
 Emplazamiento para notificación 
  Intentada sin poderla practicar la notificación personal de la resolución dictada por la concejala del Área de Urbanismo, Vivienda, Recursos Humanos y Régimen Interior del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, cuya fecha a continuación se indica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se notifica a la interesada la citada resolución conforme a la siguiente relación:
  Referencia de expediente: DIS 9/09.
  Interesada: “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada”.
  Fecha de resolución: 26 de abril de 2010.
  Texto íntegro del acuerdo:
  Primero..Ordenar la sociedad “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada” (propietaria y promotora), la inmediata y urgente paralización de las obras relativas a construcción de viviendas en la finca ubicada en la calle Guadiana, número 115, de este término municipal, y cualquier otra que se esté ejecutando en dicha finca, por no ajustarse a la licencia concedida.
  Segundo..En el supuesto de que no se produjera el paro de las obras, se dispone el precinto de las obras y la retirada de la maquinaria y los materiales que estuvieran empleándose en las mismas, advirtiéndole que los gastos que originen la retirada y el depósito deberán ser satisfechos solidariamente por el promotora, constructor y propietario de las mismas.
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 193.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad Madrid, el incumplimiento de la orden de suspensión podrá dar lugar, mientras persista, a la imposición de multas coercitivas por períodos de diez días y cuantía, en cada ocasión, de 150 euros, o del 5 por 100 del valor de las obras, si este fuese superior. Del incumplimiento se dará cuenta en todo caso al ministerio fiscal a los efectos de la exigencia de la responsabilidad penal que proceda.
  Tercero..Requerir a la sociedad “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada”, al objeto de que en el plazo máximo de dos meses, contados desde la notificación de la suspensión, presente la documentación precisa para solicitar la legalización de las obras en ejecución o, en su caso, ajustar las obras o los usos a la licencia u orden de ejecución.
  Cuarto..Por medio de la presente se procede a iniciar el correspondiente expediente de disciplina urbanística.
  Quinto..Comunicar a la sociedad “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada”, que si transcurrido el plazo de dos meses la interesada no hubiere presentado la solicitud de legalización o, en su caso, no hubiese ajustado las obras a las condiciones señaladas en la licencia u orden de ejecución, se acordará la demolición de las obras a costa de la interesada y se procederá a impedir definitivamente los usos a los que diera lugar. De igual manera se procederá si la legalización fuera denegada por ser la autorización de las obras o los usos contraria a las prescripciones del planeamiento urbanístico o de las ordenanzas aplicables.
  Sexto..Comunicar a la sociedad “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada”, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se procederá a tomar las medidas necesarias para el restablecimiento del orden jurídico y de la realidad física alterada. De persistir en la infracción, a tenor del artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procederá a la ejecución subsidiaria por la Administración a costa de la obligada.
  Asimismo, la infracción puede ser motivo de sanción independiente al expediente incoado, según el artículo 203 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Villaviciosa de Odón, a17 de junio de 2010..El alcalde-presidente, José Jover Sanz,
  (02/6.755/10)</texto>
</documento>