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    <fecha_publicacion>2010/07/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Pozuelo de Alarcón número 3. Juicio de faltas 291 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 158 
 Juicio de faltas 291 de 2009 
  Don Alejandro Valor Pardo, secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Pozuelo de Alarcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 291 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos, en nombre de Su Majestad el Rey, por el ilustrísimo señor don Joaquín Brage Camazano, magistrado-juez de instrucción del número 3 de los de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio de faltas,  seguidos ante este Juzgado bajo el número 291 de 2009, en virtud de denuncia de don Eduardo Sánchez Izquierdo, contra don Diego Quintana Dávila, por una presunta falta de hurto, habiendo sido parte el ministerio fiscal, y formulándose denuncia por “Hipercor”, como perjudicado.
  Que debo condenar y condeno al denunciado referido, como autor de una falta de hurto intentada, ya definida, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de treinta días, con cuota diaria de 6 euros, y un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa que, en su caso, resulten impagadas, así como le condeno al pago de las costas procesales.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Diego Quintana Dávila, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 27 de abril de 2010..El secretario (firmado).
  (03/25.133/10)</texto>
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