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    <fecha_publicacion>2010/07/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Majadahonda número 5. Juicio de faltas 526 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 157 
 Juicio de faltas 526 de 2009 
  Doña Margarita Pérez Martínez, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Majadahonda.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 526 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Doña María Teresa Rivas Padilla, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 5 de Majadahonda, en el juicio de faltas número 526 de 2009, ha dictado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente sentencia.
  Que debo condenar y condeno a don Alfonso Sánchez Curiel, como autor de una falta del artículo 623.1 del Código Penal, en grado de tentativa, a la pena de un mes de multa, a razón de 6 euros diarios, lo que hace un total de 180 euros. En caso de impago estará sometido a una pena de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
  Las costas se satisfarán de la forma establecida en el fundamento jurídico tercero.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, indicándoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación en este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alfonso Sánchez Curiel, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 21 de mayo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/25.481/10)</texto>
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