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    <fecha_publicacion>2010/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Santander número 1. Demanda 260 de 2005</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 297 
 Demanda 260 de 2005 
  Doña María del Carmen Martínez Sanjurjo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Santander.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 260 de 2005 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Miguel Gorostiaga Alonso, don Alberto González González y doña María Ángeles Gandarillas Gandarillas, contra las empresas “Newtelco Services, Sociedad Anónima”, y “Retevisión Móvil, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado auto con fecha 7 de mayo de 2010, cuyo dispongo literalmente dice así:
  Auto
  En Santander, a 7 de mayo de 2010.
  Dispongo: Se tiene por desistida a la parte demandante de su demanda formulada, procediéndose al archivo de las actuaciones, previa notificación de la presente relación laboral a las partes y una vez firme.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Retevisión Móvil, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.
  En Santander, a 7 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.260/10)</texto>
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