<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100706-152</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 3 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-07-06300620100114</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/06/BOCM-20100706-152.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/06/BOCM-20100706-152.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/06/BOCM-20100706-152.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 152 
 Ejecución 3 de 2010 
  Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 3 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ahmed Benallale, contra don Carlos Velando Beceiro, sobre despido, se ha dictado auto de extinción de relación laboral, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 8 de febrero de 2010.
  Dispongo: Que procede decretar la extinción de la relación laboral de don Ahmed Benallale, con los demandados don Carlos Velando Beceiro, “Carlos Velando Beceiro, Sociedad Limitada”, nueva empresa, en la fecha de la presente resolución por no la readmisión del mismo, condenando a los demandados a abonar al trabajador la suma de 11.018,70 euros de indemnización y 15.006,42 euros por el concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta el día 16 de noviembre de 2009 en que comenzó a prestar servicios en otra empresa con arreglo al salario declarado probado en la sentencia.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución.
  Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Isabel Saiz Areses.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Carlos Velando Beceiro, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.237/10)</texto>
</documento>