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    <fecha_publicacion>2010/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 23 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 148 
 Ejecución 23 de 2010 
  Doña María José Lucas Rebenaque, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 23 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Díaz Cánovas, contra la empresa “Tayven Car, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María José Lucas Rebenaque..En Madrid, a 10 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Declarar embargado el sobrante que pudiera existir en la realización forzosa de los bienes embargados en los procedimientos seguidos ante el Juzgado de primera instancia número 1 de Majadahonda, ejecución de títulos judiciales número 615 de 2009; Juzgado de lo social número 19 de Madrid, autos número 1.093 de 2008, ejecución número 15 de 2008, y Juzgado de primera instancia número 5 de Majadahonda, ejecución de títulos judiciales número 87 de 2009, en cuanto fuere suficiente a cubrir las sumas reclamadas, en esta ejecución, de 3.366,06 euros de principal, más 538,57 euros presupuestados para intereses y costas.
  Librar exhorto al órgano judicial expresado a fin de que, en su caso, ingrese el sobrante en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tayven Car, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.242/10)</texto>
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