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    <fecha_publicacion>2010/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 5. Juicio de faltas 71 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 126 
 Juicio de faltas 71 de 2009 
  Doña Martina Milano Navarro, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Alcorcón (Madrid).
  Hace saber y participa: Que en el juicio de faltas número 71 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Alcorcón, a 9 de julio de 2009..Habiendo visto su señoría, doña Sara Perales Jarillo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Alcorcón y su partido, los presentes autos de juicio de faltas con el número referenciado, sobre falta de daños, con intervención del ministerio fiscal, siendo partes don Santiago Alonso García, en calidad de denunciante, y don David Fabre Vicente, en calidad de denunciado.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a la parte denunciada, don David Fabre Vicente, como autor responsable de una falta de daños.
  Se declaran de oficio las costas que, en su caso, se hubieren causado.
  Esta resolución no es firme, frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación al ministerio fiscal y a las partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Santiago Alonso García y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente en Alcorcón, a 1 de junio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/24.333/10)</texto>
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