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    <identificador>BOCM-20100703-155</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Barcelona número 33. Despido 219 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>158</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 33 
 EDICTO
 
 155 
 Despido 219 de 2010 
  Según lo acordado en los autos número 219 de 2010, seguidos en este Juzgado a instancias de don Francisco Javier Díez Quijada de la Cruz, contra “Sercal, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, por el presente se notifica a “Sercal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos en fecha 4 de junio de 2010, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:
  Dispongo: Haber lugar a la aclaración del hecho probado primero de la sentencia, debiendo figurar como número de documento nacional de identidad correcto del actor el 11967538-V, en lugar del erróneo 31.967.538.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que el plazo concedido en la resolución aclarada para recurrirla comenzará a contarse, en los mismos términos, a partir de la fecha de esta notificación.
  Así lo acuerda y firma doña Inmaculada Prat Ramón, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 33 de Barcelona, ante mí, la secretaria judicial de refuerzo, de lo que doy fe..La secretaria judicial de refuerzo (firmado)..La magistrada-juez de refuerzo de lo social (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo ordenado remitiendo copia de la anterior resolución a las partes por correo certificado con acuse de recibo conforme a lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley de Procedimiento Laboral..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación en forma a la precitada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Barcelona, a 4 de junio de 2010..La secretaria judicial de refuerzo, Elena Mundó Raberg.
  (03/24.997/10)</texto>
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