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    <fecha_publicacion>2010/07/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ciempozuelos. Régimen económico. Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Ciempozuelos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2010 
  Por medio del presente se hace público que mediante resolución 712 de 2010, de 6 de mayo, de alcaldía-presidencia, se ha procedido a la aprobación del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2010, el cual queda expuesto al público a efectos de reclamación durante un periodo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Contra la aprobación de dicho padrón podrá formularse ante esta alcaldía-presidencia recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el siguiente al de la finalización del período de su exposición al público, según lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  El período de ingreso voluntario queda establecido entre el 2 de junio y el 2 de agosto de 2010 (ambos inclusive).
  Aquellos recibos que se encuentren domiciliados serán cargados en su cuenta el día 2 de julio de 2010.
  El pago podrá efectuarse en cualquier entidad bancaria colaboradora con oficina en esta localidad, en su horario de apertura al público, mediante la presentación del correspondiente recibo, todo ello entendido sin perjuicio de la posibilidad de efectuar la correspondiente domiciliación.
  Transcurrido el período voluntario de las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el correspondiente recargo de apremio, así como los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
  Lo que se hace público a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y preceptos concordantes de la normativa tributaria y de régimen local.
  En Ciempozuelos, a 6 de mayo de 2010..La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García.
  (02/4.964/10)</texto>
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