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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 166 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>157</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 183 
 Ejecución 166 de 2010 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 695 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Grigore Alín Fometescu, contra la empresa “Her Will, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 1 de junio de 2010 siguientes:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Segismundo Crespo Varela..En Madrid, a 1 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 24 de marzo de 2010 a favor de la parte ejecutante don Grigore Alín Fometescu, frente a “Her Will, Sociedad Anónima”, por un principal de 2.180,55 euros de principal, más 218 euros para intereses y costas calculados provisionalmente.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al desoacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que dicte.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío..En Madrid, a 1 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida..La secretaria judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Her Will, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.678/10)</texto>
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