<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100702-110</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLANUEVA DE PERALES</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villanueva de Perales. Régimen económico. Padrón tasa de basuras</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>157</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-07-02290620100055</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/02/BOCM-20100702-110.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/02/BOCM-20100702-110.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/02/BOCM-20100702-110.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villanueva de Perales</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE PERALES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 110 
 Padrón tasa de basuras 
  Por decreto de Alcaldía 163/2010, de 5 de mayo, se ha aprobado el padrón de la tasa de basuras, correspondiente al primer trimestre del ejercicio 2010, el cual permanecerá expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante un plazo de veinte días a partir del siguiente a la publicación de este en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  La inclusión de un sujeto pasivo en el padrón, así como su exclusión o alteración de cualquiera de sus datos, constituyen actos administrativos, contra los que cabe interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización de su exposición al público, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento.
  El cobro del tributo en período voluntario será del 4 de mayo al 30 de junio de 2010, ambos inclusive, y se podrá realizar en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras con este Ayuntamiento entre las fechas anteriormente referenciadas. El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda correspondiente abrirá la vía ejecutiva con el consiguiente recargo de apremio y los intereses de demora.
  En Villanueva de Perales, a 6 de mayo de 2010..El alcalde, César Muñoz Mateos.
  (02/5.060/10)</texto>
</documento>