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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 146 de 2010-V</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>156</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 243 
 Ejecución 146 de 2010-V 
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 146 de 2010-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrzej Boguslaw Popek y don Miroslaw Szerlag, contra la empresa “Infratel Sistemas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Móstoles, a 1 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda:
  a)  Despachar la ejecución solicitada por don Andrzej Boguslaw Popek y don Miroslaw Szerlag, contra “Infratel Sistemas, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, por un importe total de 54.880,44 euros de principal (desglosado según consta en sentencia), más 10.960,08 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
  b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir dichas cantidades, practicándose a tal fin las averiguaciones oportunas.
  c)  Advertir y requerir a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.
  d)  Advertir a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase.
  e)  Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Infratel Sistemas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 1 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.579/10)</texto>
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