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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 203 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>156</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 228 
 Ejecución 203 de 2009 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 203 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Josefa Cuervo Marco, contra la empresa “Indutex, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 31 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Indutex, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 29.565,38 euros de principal, más 5.600 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación en su parte dispositiva.
  Expídase testimonio de la sentencia, del auto de extinción de la relación laboral, del auto despachando ejecución y de la presente resolución, así como copia sellada de la demanda y del escrito solicitando ejecución, que se entregarán a la actora para su presentación ente el Fondo de Garantía Salarial una vez firme este auto.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Indutex, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 31 de mayo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/24.577/10)</texto>
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