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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 83 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>156</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 146 
 Ejecución 83 de 2010 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 83 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Olmeda Sanz, contra la empresa “Barranco y Millán, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María Isabel Tirado Gutiérrez..En Madrid, a 26 de mayo de 2010.
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Barranco y Millán, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 7.305,73 euros de principal, más la cantidad de 1.168,91 euros que provisionalmente se ha calculado para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de ulterior tasación. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación en su parte dispositiva.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado.
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado número 2511/0000/00/número de expediente y año, en la entidad bancaria “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid.
  b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta el número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.
  Así lo acuerdo y firmo dando cuenta a su señoría ilustrísima de lo que doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Barranco y Millán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.296/10)</texto>
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