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    <fecha_publicacion>2010/07/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 83 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>156</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 145 
 Ejecución 83 de 2010 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 83 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Olmeda Sanz, contra la empresa “Barranco y Millán, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto de ejecución:
  Auto
  En Madrid, a 29 de abril de 2010.
  Parte dispositiva:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda:
  a)  Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 7.305,73 euros, más la cantidad de 438,34 euros en concepto de intereses y 730,57 euros en concepto de costas provisionales.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  c)  Librar el despacho oportuno al Juzgado de lo social número 21 de esta ciudad a fin de que por la secretaria judicial se expida y remita a este Juzgado testimonio del auto de insolvencia dictado contra la parte ejecutada en el procedimiento de ejecución número 249 de 2009.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social, Ángel Juan Alonso Boggiero.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Barranco y Millán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.297/10)</texto>
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