<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100701-133</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/07/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 10. Demanda 137 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>156</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-07-01240620100229</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/01/BOCM-20100701-133.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/01/BOCM-20100701-133.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/07/01/BOCM-20100701-133.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 133 
 Demanda 137 de 2010 
  Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 137 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Pérez Rienda, contra la empresa “Estructuras Sanser, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 259 de 2010
  En Madrid, a 2 de junio de 2010..Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Antonio Pérez Rienda, que comparece asistido del letrado don José Luis Fernández Chillón con número de colegiado 15.440, y de otra, como demandados, “Estructuras Sanser, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial que no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio Pérez Rienda, frente a la empresa “Estructuras Sanser, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa citada a abonar la cantidad de 1.500 euros, más 120 euros en concepto de interés anual por mora.
  Respecto del Fondo de Garantía Salarial no se efectúa declaración expresa de absolución o condena, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así, por esta mi sentencia que se unirá por su orden al libro de sentencia de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estructuras Sanser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.292/10)</texto>
</documento>