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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 1.306 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>155</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 184 
 Demanda 1.306 de 2009 
  Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.306 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Constantín Mirc Homorodean, contra la empresa “Mantenimiento General y Maquinaria, Sociedad Limitada” sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva se acompaña:
  Sentencia número 241 de 2010
  En Madrid, a 26 de abril de 2010..Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 1.306 de 2009, a instancias de don Constantín Mirc Homorodean, asistido del letrado don Diego Jesús de las Casas Cañedo, frente a la entidad “Mantenimiento General y Maquinaria, Sociedad Limitada”, que no comparece; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Constantín Mirc Homorodean, contra la entidad “Mantenimiento General y Maquinaria, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 6.927,64 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.
  Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar en la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
  Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mantenimiento General y Maquinaria, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.113/10)</texto>
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