<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100630-170</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/06/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 1. Demanda 636 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>155</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-06-30220620100140</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/30/BOCM-20100630-170.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/30/BOCM-20100630-170.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/30/BOCM-20100630-170.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 170 
 Demanda 636 de 2007 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 636 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dariusz Pawel, don Zbigniew Oleksy, don Krzysztof Kazimires Kliczak, don Mrzyglocki Marcin, don Adam Wocjcik Grzegorz, don Jacek Eugeniusz Olesky, don Fabián Surma, don Juszcak Pawel, don Wojciech Kania, don Grzegor Norbert Chudzik, don Krzystof Flimczak, don Bogdan Grzegorz, don Sebastián Lucas, don Artur Goral Tomasz, don Eugeniusz Antón y don Tomasz Jerzy Szczepanski, contra las empresas “Aptegram Construcciones, Sociedad Limitada”, y “Silver Eagle de Obras y Promociones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Providencia del ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Antonio Martínez Melero..En Madrid, a 4 de noviembre de 2008.
  Dada cuenta; el anterior escrito de fecha 28 de octubre de 2008 presentado por don José Luis Fernández Chillón, únase a los autos de su razón; a la vista del tiempo transcurrido y de las manifestaciones del letrado de la parte actora, ante la imposibilidad de ser localizado, don Krzystof Flimczar por el letrado, ni por los medios que constan en autos, procédase a ingresar la cantidad de 2.194,24 euros, correspondientes al mencionado trabajador, según lo acordado en acta de conciliación de fecha 13 de julio de 2007, a la cuenta 9999, acordándose el archivo del presente procedimiento.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aptegram Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.070/10)</texto>
</documento>