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    <fecha_publicacion>2010/06/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 1. Juicio de faltas 317 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>155</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 158 
 Juicio de faltas 317 de 2009 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 317 de 2009, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Don José María Escribano Lacleriga, magistrado-juez de instrucción del número 3 de los de esta localidad, ha visto y conocido en juicio verbal de faltas número 317 de 2009, seguido por hurto, en el que ha sido parte el ministerio fiscal, ejercitando la acción pública, “C &amp; A”, en calidad de denunciante, representada por el procurador don Carlos Martín Martín, y don Eusebio Mata Sánchez, en calidad de denunciado, quien no compareció al acto del juicio.
  Que debo condenar y condeno a don Eusebio Mata Sánchez, como responsable en concepto de autor de una falta de hurto, a la pena de un mes, con cuota diaria de 6 euros, con aplicación del artículo 53 del Código Penal, así como al abono de las costas propias del juicio.
  Publíquese la presente en audiencia pública y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma, y en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de formalizarse ante este Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y durante cuyo plazo se hallarán las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Eusebio Mata Sánchez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 28 de mayo de 2010..El secretario (firmado).
  (03/23.593/10)</texto>
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