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    <fecha_publicacion>2010/06/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Juicio de faltas 821 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 
 152 
 Juicio de faltas 821 de 2009 
  Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario del Juzgado de instrucción número 37 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 821 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 307 de 2009
  En Madrid, a 8 de septiembre de 2009..Doña Purificación Elisa Romero Paredes, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 37 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 821 de 2009, seguidos por una falta de estafa y por otra de coacciones, entre partes: de la una, el ministerio de fiscal, y como denunciante, doña Susana Patricia Ramírez Tello, y como denunciado, don Manuel Fernández Castelo, constando en autos, sus demás circunstancias personales.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones a don Manuel Fernández Castelo, por extinción de la responsabilidad criminal por prescripción de las faltas, ello sin perjuicio del derecho que asiste a la denunciante de ejercitar las acciones civiles que pudieran corresponderle, declarando de oficio las costas procesales ocasionadas.
  Notifíquese a las partes esta resolución en legal forma, instruyéndoles de que contra la misma puede interponerse recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de esta capital dentro del plazo de cinco días siguientes a su notificación, quedando durante este período las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes, cuyo recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Manuel Fernández Castelo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de junio de 2010..El secretario (firmado).
  (03/23.584/10)</texto>
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