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    <identificador>BOCM-20100629-168</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 42. Juicio de faltas 342 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42
EDICTO
168Juicio de faltas 342 de 2009
Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 342 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Madrid, a 27 de mayo de 2010..Vistos por mi, don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 342 de 2009, sobre lesiones imprudentes, en virtud de denuncia, en los que han sido partes: como denunciante, doña Visitación Redondo Morcillo; como denunciado, don Giovanni Leandro Alcívar, y como responsable civil directo “Vitalicio Seguros”, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia:
Fallo
Que debo absolver y absuelvo a don Giovanni Leandro Alcívar, declarando de oficio las costas procesales.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de cinco días desde su notificación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Giovanni Leandro Alcívar Roca, expido la presente en Madrid, a 28 de mayo de 2010..La secretaria (firmado).
(03/23.384/10)</texto>
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