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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Juicio de faltas 620 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
165Juicio de faltas 620 de 2009
El secretario del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 620 de 2009, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Ascandoni Lobato, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 620 de 2009, seguidos por una falta de hurto, en los que han sido partes el señor fiscal, y como implicados: don Rafael Romero Jiménez, como denunciante, y doña María Juana Sánchez Ríos y don Javier Salazar Cardona, como denunciados, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia.
Fallo
Que debo condenar y condeno a doña María Juana Sánchez Ríos y don Javier Salazar Cardona, como autores responsables de una falta de hurto, en grado de tentativa, ya descrita, a la pena para cada una de treinta días de multa, con una cuota diaria de 2 euros, caso de impago habrán de cumplir un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, todo ello imponiéndoles las costas causadas.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña María Juana Sánchez Ríos, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 28 de mayo de 2010..El secretario (firmado).
(03/23.392/10)</texto>
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