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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 69. Procedimiento ordinario 1.149 de 2002</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69
EDICTO
156Procedimiento ordinario 1.149 de 2002
Doña Ángeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.
Hago saber: Que en los autos de procedimiento ordinario seguidos en este Juzgado con el número 1.149 de 2002, seguidos a instancias de doña María Jesús Carro Antón, representada por la procuradora señora Albi Murcia, contra doña Pilar Teodoro García e “Inmo-45, Sociedad Limitada”, se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes a los demandados rebeldes, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 145
En Madrid, a 26 de mayo de 2005..Vistos por doña María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 1.149 de 2002, seguidos a instancias de doña María Jesús Antón Carro, representada por la procuradora doña Gracia Esteban Guadalix y asistida por el letrado don Fernando Lozano Clemente, contra “Inmo-45, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía procesal, y contra doña Pilar Teodoro García, en ejercicio de la acción de reclamación de cantidad de 96.204 euros, más intereses y costas, ha dictado en nombre del Rey esta sentencia, con base en el siguiente
Fallo
Estimo parcialmente la demanda presentada por la procuradora doña Gracia Esteban Guadalix, en representación de doña María Jesús Carro Antón, frente a “Inmo-45, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía, contra doña Pilar Teodoro García, representada por el procurador don Antonio Javier Campal Crespo, y en consecuencia:
1.  Condeno solidariamente a “Inmo-45, Sociedad Limitada”, y doña Pilar Teodoro García a pagar a la actora la suma de 46.900 euros, más el interés legal de dicha suma desde el 11 de diciembre de 2002.
2.  Absuelvo a las indicadas demandadas en cuanto al resto de lo reclamado en la demanda.
3.  Declaro no haber lugar a hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas derivadas del presente procedimiento.
Al notificar la presente resolución a las partes, intrúyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse ante este Juzgado por término de cinco días a partir de su notificación.
Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de “Inmo-45, Sociedad Limitada”, y para que sirva de notificación en forma a la referida demandada, expido la presente que firmo en Madrid, a 21 de mayo de 2010..La secretaria (firmado).
(02/5.810/10)</texto>
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