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    <titulo>– Moralzarzal. Otros anuncios. Ejecución forzosa subsidiaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORALZARZAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Ejecución forzosa subsidiaria 
  En referencia al expediente con número 747 de 2009, tramitado como consecuencia de la deficiente situación de seguridad, salubridad, ornato público y decoro de la vivienda sita en la calle España, número 53, de Moralzarzal, cuyo propietario es don Faustino Labanda Álvarez, con documento nacional de identidad número 1458216-Q.
  Considerando la resolución del concejal de Urbanismo, Redes Públicas y Medio Ambiente de fecha 22 de marzo de 2010, en la que ordenaba la ejecución forzosa de la poda de la vegetación del citado inmueble.
  Considerando que transcurrido el plazo otorgado al efecto, el propietario no ha presentado alegaciones y no ha procedido a la ejecución de lo ordenado.
  Resultando lo establecido en los artículos 95 y 98 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el concejal-delegado de Urbanismo, Redes, Obras Públicas y Medio Ambiente (delegación de alcaldía de 21 de junio de 2007, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 3 de julio de 2007), ha dictado la siguiente orden de ejecución forzosa subsidiaria:
  Primero..Ordenar la ejecución material de las siguientes acciones: poda de la vegetación que invade la vía pública al objeto de restaurar las debidas condiciones del inmueble de la calle España, número 53, con un coste estimado de 1.184,01 euros, a cargo del propietario.
  Segundo..Solicitar la oportuna autorización judicial para proceder a la entrada en el domicilio del interesado, en el supuesto que fuera necesario para la ejecución de los trabajos pertinentes.
  Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la mismo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de 29 de 1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por Ley 4/1999 de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer con carácter potestativo, y en el plazo de un mes, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgado de lo contencioso, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. La interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, salvo lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley de Procedimiento precitada.
  En Moralarzal..El secretario, Santiago Perdices Rivero.
  (02/6.182/10)</texto>
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