<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100628-208</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/06/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 16. Demanda 116 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>152</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-06-28230620100139</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/28/BOCM-20100628-208.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/28/BOCM-20100628-208.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/28/BOCM-20100628-208.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 208 
 Demanda 116 de 2009 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 116 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adrián Ciocoiu, contra las empresas “DRC Seguridad y Salud, Sociedad Limitada”, y “DRC Ingeniería Human Resources, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 18 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por don Adrián Ciocoiu, frente a “DRC Seguridad y Salud, Sociedad Limitada”, y “DRC Ingeniería Human Resources, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a abonar al actor la cantidad de 2.636,96 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “DRC Seguridad y Salud, Sociedad Limitada”, y “DRC Ingeniería Human Resources, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.650/10)</texto>
</documento>