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    <fecha_publicacion>2010/06/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 1.679 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>152</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 176 
 Demanda 1.679 de 2009 
  Doña Milagros Sastre Sánchez, secretaria judicial sustituta del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.679 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Molina González, contra la empresa “JCJ Courrier, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña María Teresa Molina González contra “JCJ Courrier, Sociedad Limitada”, “International Courier Solution, Sociedad Limitada”, y Servicio Madrileño de Salud de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, declaro que las sucesivas contrataciones de la actora constituyeron una cesión ilegal de la misma al Servicio Madrileño de Salud y, consecuentemente, debo reconocer el derecho de la reclamante a ostentar la condición de personal laboral indefinido del Servicio Madrileño de Salud de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, con antigüedad de 5 de febrero de 2007, categoría profesional de auxiliar de obras y servicio, salario y demás derechos fijados en el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, condenando solidariamente a dicho organismo y a la entidad “Internacional Courier” al abono de la cantidad de 6.357 euros, en concepto de diferencias salariales, y al abono del interés legal del 10 por 100 de dicha suma.
  Contra la sentencia cabe recurso de suplicación según lo dispuesto en el artículo 189.1 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “JCJ Courrier, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.809/10)</texto>
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