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    <fecha_publicacion>2010/06/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Régimen de dedicación de distintos miembros corporativos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Boadilla del Monte</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 90 
 Régimen de dedicación de distintos miembros corporativos 
  Esta Alcaldía, mediante decreto de fecha 4 de los corrientes, y de conformidad con lo acordado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de 28 de junio de 2007, sobre el número de miembros corporativos del Grupo Municipal Popular que pueden desempeñar sus cargos en régimen de dedicación parcial, y al amparo de lo establecido en el artículo 75.2 y 5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ha resuelto:
  Primero..Dejar sin efecto la resolución de la Alcaldía por la que se determinó que el concejal don Ramón González Bosch, del Grupo Municipal Popular, desempeñara su cargo en régimen de dedicación parcial.
  Segundo..Dejar sin efecto la resolución de la Alcaldía por la que se determinó que las concejalas doña Míriam Villares Gonzalo y doña María Isabel Fernández de Guzmán, ambas del Grupo Municipal Popular, desempeñaran sus respectivos cargos en régimen de dedicación exclusiva.
  Tercero..Determinar que las citadas concejalas del Grupo Municipal Popular, doña Míriam Villares Gonzalo y doña María Isabel Fernández de Guzmán, desempeñen sus respectivos cargos en régimen de dedicación parcial.
  Cuarto..Señalar que los citados cargos desempeñarán su función en el régimen indicado en el apartado anterior, con efectos del día primero de los corrientes. Dicho régimen implica una dedicación preferente a las tareas municipales que tienen asignadas, sin perjuicio de otras ocupaciones marginales que, en cualquier caso, no podrán causar detrimento a su dedicación a la Corporación y que, de ser retribuidas, requerirán una declaración formal de compatibilidad por parte del Pleno del Ayuntamiento.
  Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  Boadilla del Monte, a 7 de junio de 2010..El alcalde-presidente, Juan J. Siguero Aguilar.
  (03/23.968/10)</texto>
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